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Sentencia a favor de Cabify: el juez desistima la demanda de la Federación del taxi
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Sentencia a favor de Cabify: el juez desistima la demanda de la Federación del taxi

Por Pilar Bernat
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pbernattelycom4com /7/7/16
jueves 15 de junio de 2017, 21:55h

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“Estamos satisfechos de que finalmente se haya hecho justicia y se demuestre la legalidad de nuestros servicios, como siempre hemos defendido. Desde nuestro origen en España en 2011, hemos operado estrictamente bajo el marco legal, cumpliendo con todos los requisitos requeridos por las Administraciones. Ahora, confiamos en que podamos seguir operando con tranquilidad sin que terceros se interpongan en el camino de la innovación y del derecho a elegir por parte del usuario" ha declarado Mariano Silveyra, Country Manager de Cabify España tras conocerse la sentencia de desestimación de la demanda de la Federación del Taxi

El titular del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por la Federación Profesional del Taxi de Madrid contra Maxi Mobility Spain S.L. (Cabify) por competencia desleal y violación de las normas de transporte en materia de contratación de servicios mediante vehículos de arrendamiento con conductor, al estimar que las normas supuestamente infringidas en que se funda el reproche de deslealtad no imponen obligaciones a la empresa demandada, sino a los titulares de licencias de vehículos de alquiler con conductor (VTC), con los que Cabify no puede confundirse.

No imponen ninguna obligación a las empresas que actúen en el ámbito de la intermediación en alquiler de vehículos con conductor

El magistrado, tras considerar que las normas invocadas para sustentar la presunta competencia desleal no imponen ninguna obligación a las empresas que actúen en el ámbito de la intermediación en alquiler de vehículos con conductor, sino directamente a los titulares de las licencias VTC, asegura también que no ha podido demostrarse que la empresa demandada haya inducido a los titulares de estas licencias a cometer ninguna infracción -como circular captando clientes o careciendo de hoja de ruta- y que, en el caso de que éstos hubieran incurrido en alguna infracción administrativa, no ha resultado acreditado que Maxi Molity Spain S.L. haya obtenido con ello ninguna ventaja frente a sus posibles competidores.

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