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jueves 21 de junio de 2018, 14:02h

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La Asociación Nacional de Operadores Locales de Telecomunicaciones (AOTEC) ha denunciado la primera subasta de radiofrecuencias para el desarrollo del 5G ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a quien ha pedido que intervenga para suspenderla cautelarmente y así eliminar las cláusulas que limitan el acceso a dicha puja.

La AOTEC asegura que estas infringen la Ley de Garantía de Unidad de Mercado y la Ley General de Telecomunicaciones y, por ello, pide a la CNMC que impugne los artículos ante la Audiencia Nacional para que se supriman y mientras, se paralice la puja.

Barreras de entrada: económicas y técnicas

Concretamente, los apartados que denuncian son los que establecen como requisito para que una empresa pueda presentarse a la licitación tener en alguno de los 3 últimos años un volumen de negocio de al menos 90 millones de euros; además de haber prestado servicios y/o invertido más de 42 millones en “servicios de comunicaciones electrónicas y redes de igual o similar naturaleza a los de la concesión”.

Los operadores locales defienden que establecer un volumen de negocio de estas características “no es necesario” para garantizar la solvencia económica de una empresa, sino que esta “queda cubierta por el hecho de tratarse de una puja, puesto que la gana quien más ofrece y se obliga al pago". Por tanto, “la petición de una garantía provisional - al ganador- es suficiente en este sentido”, aseguran.

Los operadores locales consideran que los artículos que establecen barreras a la entrada a la subasta de la banda de frecuencias 3,6-3,8 GHz, tanto de tipo técnico como económico, infringen las leyes de Unidad de Mercado y de Telecomunicaciones.

En cuanto a la garantía de una solvencia técnica, recalcan que la misma Orden por la que se convoca la licitación define la tecnología 5G como “el nuevo paradigma tecnológico de las comunicaciones móviles”, por lo que desde AOTEC se considera que “puesto que la tecnología es nueva e incluso está por definir en algunos aspectos” es normal que “la experiencia previa por parte de los operadores es escasa o nula”.

Con respecto a la explotación del espectro radioeléctrico, recuerdan que un operador siempre puede utilizar “recursos propios o ajenos” y contar con el conocimiento experto de los suministradores de los equipos e integradores de soluciones de red. Asimismo, las pymes tecnológicas subrayan que “el hecho de que un operador pague por un recurso es el mayor garante de que busque la mayor eficiencia y eficacia tecnológica en su aplicación”. A esto añaden que “si está dispuesto a pagar la mayor cantidad para hacerse con el recurso”, también lo estará para invertir en el futuro -y no los años anteriores- para ponerlo en explotación.

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Injustificación de los requisitos

Por lo tanto, para AOTEC, el requisito de solvencia profesional incumple sobre todo el principio de proporcionalidad que tiene que imperar cuando se limita la entrada a una licitación de espectro, mientras que el económico no sería necesario, y como consecuencia no tendría justificación.

La CNMC tiene la capacidad para impugnar mediante un contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional de cualquier “acto, disposición, inactividad o vía de hecho contraria a la libertad de establecimiento o de circulación” que haya dictado una administración pública, en este caso el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital del anterior Gobierno español, cuyas competencias han pasado al Ministerio de Economía y Empresa.

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