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El Supremo anula la sanción de 120 millones de euros a Telefónica, Vodafone y Orange impuesta por Competencia

El Supremo anula la sanción de 120 millones de euros a Telefónica, Vodafone y Orange impuesta por Competencia

Por Alfonso de Castañeda
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alfondcctelycom4com/8/8/17
martes 15 de enero de 2019, 09:00h

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional, que anulaba la multa de 120 millones de euros impuesta por la extinta Comisión Nacional de la Competencia.

La ya inexistente Comisión Nacional de la Competencia, ahora conocida como Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multó en diciembre de 2012 a Telefónica (46,4 millones de euros), Vodafone (43,5 millones de euros) y Orange (29,9 millones de euros) por abuso de posición dominante al considerar que cobraban precios excesivos en el mercado de terminación de mensajes cortos SMS y MMA.

Considerada como la segunda mayor sanción de la historia en España impuesta por los reguladores de competencia en su momento, después de la impuesta a las aseguradoras en 2009, Competencia consideraba que los tres operadores ostentaban una posición de oligopolio en los mensajes enviados a los usuarios de su red, lo que permitía establecer precios “muy elevados” al resto de compañías y estos precios se trasladaron al que pagaban los usuarios.

El Supremo apunta a que la CNC usó unos informes "insuficientes e incoherentes"

Esta importante sanción fue recurrida por Telefónica, Vodafone y Orange (France Telecom por aquel entonces) y en septiembre de 2017, la Audiencia Nacional anuló la multa, ante lo cual la Abogacía del Estado interpuso recursos de casación que el Tribunal Supremo ha terminado rechazando.

Según el Supremo, los datos e informes en los que se basa la resolución administrativa son “insuficientes, incoherentes con otros datos e informes y se funde en apreciaciones no constatadas en datos objetivos”. Asimismo, contenía “incoherencias y un déficit de innovación” para delimitar los mercados y la posición de dominio individual de las empresas sancionadas, lo que lleva al Tribunal Supremo a “anular la resolución sancionadora impugnada”.

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