Desde el 17 de octubre, las empresas deben utilizar números de nueve dígitos que comiencen por 400 para realizar llamadas comerciales, la numeración no permite devolver la llamada y los operadores aplicarán bloqueos a comunicaciones comerciales que utilicen rangos no autorizados.
Las llamadas comerciales cambian de identificación este sábado 17 de octubre, las empresas deberán realizarlas desde números de nueve dígitos que empiecen por 400, según ha comunicado el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. El objetivo es que el usuario reconozca el carácter comercial de la comunicación antes de descolgar.
La medida da cumplimiento a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela y se suma al Plan contra las estafas telefónicas y por SMS, puesto en marcha en 2025, el Ministerio atribuye al conjunto de actuaciones de ese plan el bloqueo de más de 400 millones de llamadas fraudulentas y cerca de 32 millones de mensajes.
El 400 forma parte de una numeración completa de nueve dígitos, no se trata, por tanto, de un teléfono corto al que deba llamar el usuario, sino del comienzo del número desde el que una empresa se pone en contacto con él para presentar una oferta comercial. Otra característica es su funcionamiento unidireccional, los destinatarios pueden recibir llamadas procedentes de esos números, pero no devolverlas.
Para el usuario, ambas características tienen efectos distintos, los primeros dígitos permiten identificar la finalidad del contacto; la imposibilidad de llamar de vuelta limita el uso de esa numeración a la comunicación saliente de la empresa. Si queda una llamada perdida, el número 400 no funciona como una vía de atención posterior.
El nuevo rango tampoco identifica por sí solo a una compañía concreta, su función es señalar que la llamada tiene carácter comercial, la presentación de la empresa y la explicación de la oferta siguen siendo necesarias durante la conversación, aunque el destinatario ya disponga de una señal sobre su finalidad antes de atenderla. La aplicación del cambio incorpora actuaciones en las redes de los operadores. Según la documentación del Ministerio, las compañías telefónicas bloquearán llamadas a partir de patrones de tráfico que permitan identificar actividad comercial desde numeraciones no autorizadas.
La medida no se presenta como una desaparición inmediata de cualquier llamada comercial irregular, el propio Ministerio contempla la posibilidad de que un usuario siga recibiendo ofertas desde otros números y señala dos vías de actuación, presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones o denunciarlo ante la CNMC.
Las llamadas comerciales y las de atención al cliente tienen finalidades diferentes, el Ministerio define las primeras como comunicaciones en las que las empresas interactúan con clientes potenciales y realizan una oferta. Las segundas se vinculan a gestiones sobre contratos que ya están en curso. Para estas comunicaciones de atención al cliente se permiten los números cortos específicamente atribuidos, los rangos gratuitos 800 y 900 y la numeración geográfica.
El documento oficial también aborda las ofertas realizadas durante una gestión de atención al cliente, como regla general, no pueden aprovecharse estas llamadas para presentar propuestas comerciales. La excepción indicada exige que la oferta esté relacionada con la resolución de la consulta, queja, reclamación o incidencia y que mejore las condiciones del servicio o su precio.
Esta separación busca que una llamada destinada a resolver un problema contractual no se confunda con una acción de captación, el Ministerio aclara, además, que la obligación de bloqueo prevista para las llamadas comerciales no se extiende de la misma manera a las de atención al cliente. El cambio de numeración llega un mes después de la entrada en vigor, el 15 de septiembre, del registro de alias gestionado por la CNMC.
Los operadores bloquean los mensajes que emplean un alias no registrado o que utilizan uno registrado sin corresponder a su titular, según el balance del Ministerio, desde la puesta en marcha del sistema se han bloqueado más de seis millones de mensajes de este tipo. El registro responde a los intentos de suplantación en los que un mensaje aparenta proceder de una entidad legítima; la CNMC dispone también de un buscador para consultar quién es el titular de un alias.