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No al acoso en redes sociales

En memoria de Verónica Forqué: Ley y Constitución obligan a la imprescindible identificación de los usuarios en las RR.SS.

En memoria de Verónica Forqué: Ley y Constitución obligan a la imprescindible identificación de los usuarios en las RR.SS.

Por Pilar Bernat
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pbernattelycom4com /7/7/16
miércoles 15 de diciembre de 2021, 00:35h

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El suicidio de Verónica Forqué, apenas unos días después de la finalización de la edición de Master Chef y de haber sido duramente atacada, ofendida y denostada en las redes sociales, nos invita a republicar esta columna de opinión que Pilar Bernat escribió el pasado mes de marzo en el que se recordaba que la Constitución contiene garantías ciudadanas que han desaparecido con el crecimiento de las plataformas digitales y que nadie pone freno a esta locura; o mejor dicho, se espera y espera y espera la posible transposición europea de una Ley, la de Servicios Digitales, que como todas las redactadas en la UE tarda tanto en los procesos de redacción y tramitación que cuando llegue será ya inutil y el dolor causado irrecuperable

“La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos (Artículo 18 de la Constitución Española de 1978”.

“La naturaleza neutra de los avances tecnológicos en telefonía y comunicaciones electrónicas no impide que su uso pueda derivarse hacia la consecución de fines indeseados, cuando no delictivos” (Ley 25/2007 promulgada por Juan Carlos I durante el Gobierno de José Luis Rodriguez Zapatero).

El 18 de octubre de 2007, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, el entonces jefe del Estado, Juan Carlos I, “mandó a todos los españoles, particulares y autoridades a guardar y hacer guardar la Ley 25/2007 de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones”

En el preámbulo de dicha Ley se explica que “La aplicación de las nuevas tecnologías desarrolladas en el marco de la sociedad de la información ha supuesto la superación de las formas tradicionales de comunicación, mediante una expansión de los contenidos transmitidos, que abarcan no sólo la voz, sino también datos en soportes y formatos diversos. A su vez, esta extraordinaria expansión en cantidad y calidad ha venido acompañada de un descenso en los costes, haciendo que este tipo de comunicaciones se encuentre al alcance de cualquier persona y en cualquier rincón del mundo”.

Y continúa: “La naturaleza neutra de los avances tecnológicos en telefonía y comunicaciones electrónicas no impide que su uso pueda derivarse hacia la consecución de fines indeseados, cuando no delictivos”.

Identificación obligatoria de las SIM

Como consecuencia de aquella Ley, los operadores tuvieron que realizar un registro con la identificación completa de cada uno de los propietarios de tarjetas telefónicas e incluso recabar la información de los usuarios de tarjetas prepago que, hasta ese momento, se vendían sin requisito alguno, más allá de abonar su precio.

Los operadores tuvieron que realizar un registro con la identificación completa de cada uno de los propietarios de tarjetas telefónicas e incluso recabar la información de los usuarios de tarjetas prepago que, hasta ese momento, se vendían sin requisito alguno, más allá de abonar su precio

Tal y como explicaron las autoridades, se trataba de una medida de seguridad destinada a la lucha contra la delincuencia organizada y contra las bandas terroristas, quienes solían utilizar este tipo de tarjetas en sus actos punibles.

La llegada de los nicks

La tecnología avanzó, nacieron las redes sociales y llegaron los ‘nicks’, el descontrol digital y, hoy ya, la delincuencia organizada, que utilizan este tipo de plataformas para acosar, abusar, amenazar, perseguir, convocar y, efectivamente, organizar actos criminales. Y sí, es cierto que no podemos aplicar a las redes una sinécdoque social, pero también lo es que se ha llegado a un punto que lejos de permitirnos disfrutar de los beneficios de la libertad de expresión, nos ha llevado a ser víctimas del invento, a alimentar el odio, la mentira, la ofensa y la violencia por no mencionar problemas menores como un exacerbado hedonismo, un bucle de vanidad insaciable, un exceso de superficialidad y un sinfín de efectos psicológicos adversos en niños, adolescentes e incluso jóvenes y adultos, muchos de los cuales no lo han podido soportar.

En estos últimos días, hemos sabido que las convocatorias de los violentos han llevado al terrorismo callejero; que una entidad como el F.C. Barcelona contrató una empresa para desprestigiar a sus propios ‘empleados’ a través de las redes con el fin de bajar las primas; que hay políticos inmersos en procesos judiciales por el contenido de sus tuits; que en el mundo entero el proceso de vacunación se ha visto comprometido porque la gente cree más lo que un anónimo dice en un post que lo que aseguran los médicos; que la prostitución se ha cobijado en las aplicaciones sin control de menores…

No más anonimato

Sin embargo, nadie ha puesto pie en pared ni ha dictado una norma tan sencilla como aquella que se promulgó en 2007 y que se intentó imponer en 2017 obligaría a todos los usuarios de redes sociales -especialmente aquellas que se utilizan de forma masiva como Twitter, Facebook o Instagram, entre otras-, a firmar la autoría de lo publicado; con la consiguiente responsabilidad jurídica que conlleva la autoría. Algo a lo que, por otra parte, nos sometemos todos los periodistas de medios de comunicación cada día y que nos vincula al derecho a la rectificación y a la responsabilidad legal (si procede).

Libertad de expresión no significa anonimato, significa expresar libremente aquello que pensamos, defender nuestras ideas, compartir nuestros criterios, pero siempre con el límite que marca, entre otras normas más concretas, el artículo primero de la Constitución Española, en el que se trata de los derechos y deberes de los españoles

Libertad de expresión no significa anonimato, significa expresar libremente aquello que pensamos, defender nuestras ideas, compartir nuestros criterios, pero siempre con el límite que marca, entre otras normas más concretas, el artículo primero de la Constitución Española, en el que se trata de los derechos y deberes de los españoles y en el que se contempla el “derecho a la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás como fundamento del orden político y de la paz social” (Artículo 10).

Más allá, en el artículo 18, se explicita: “la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.

¿Entonces, a qué esperamos? Escuchamos a nuestros políticos llenarse de ‘Constitución’ y arrojársela a la cara continuamente cuando se trata de repartirse cargos o intereses, pero algo tan sencillo como hacer cumplir el artículo 18 de esa macro ley que nos ampara a todos, articular una norma que rebajaría la tensión social, aportaría paz a la ciudadanía, contribuiría a la libertad de pensamiento y de voto y evitaría el uso de bots al servicio de la falsedad parece que no les interesa.

El mal uso de las redes sociales por las popularmente conocidas como ‘jaurías de la red’; por los partidos políticos -y sus miembros-; por los instigadores al uso de la violencia; por los acosadores de cualquier ámbito; por los y las chantajistas, etc. requieren medidas; medidas que no incidan en la libertad de expresión -por supuesto-, pero que protejan a los ciudadanos, su entorno, sus creencias y sus bienes.

¿En qué sociedad saludable se concibe que lo que no se discute en los parlamentos se debata en una red social privada con una clara tendencia política marcada por su fundador y con prácticas como la censura o el ‘dark banning’ que jamás se concebiría en una sociedad democrática real? ¿Desde cuando las RR.SS. han sustituido los comunicados de prensa oficiales, el diario del Congreso o el mismísimo BOE? ¿En qué momento se ha permitido que los fondos de inversión u otros entes financieros interfieran en las negociaciones o influyan en el valor de los activos a través de ‘fakes en un post de caracteres limitados? Esto no es sano ni psicológica, ni social, ni política, ni cultural, ni intelectualmente y coarta el desarrollo y el crecimiento de nuestra juventud.

Repetir lo que ya se hizo

¿Y qué más fácil que repetir lo que ya se hizo? Si la norma conlleva la desaparición del anonimato, todos los miles de cobardes que utilizan las redes sociales para desahogar sus frustraciones y llevar a cabo sus fechorías morales; todos los que cobran por desinformar o dañar se lo pensarían dos veces antes de dar a la tecla de publicar.

¿Desaparecería el ciberacoso, el bullying, las bandas organizadas, etc.? Pues seguramente no, o no del todo; pero se reduciría enormemente su capacidad de actuación; los usuarios se sentirían más seguros, remontaría la coherencia y el peso de la ley podría recaer sobre quienes atacan, perjudican o destruyen socialmente a los demás. Paradójicamente, fue Adolf Hitler quien dijo que “Las grandes masas sucumben más fácilmente a una gran mentira que a una pequeña” y, tristemente, lo vemos cada día.

Todos y cada uno de los internautas trabajamos cual esclavos faraónicos o vasallos de señores feudales para mayor gloria del ‘los amos del ciber-universo’ y lo hacemos generando datos, que se comercializan a modo de materia prima para su posterior transformación en publicidad; la cual se obliga a consumir a los propios parias de la red. Parece que es un modelo aceptado; pero de ahí a la destrucción de nuestra sociedad aún hay un paso.

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