La sanción responde a una infracción prolongada durante cuatro años que incluye la coordinación anticompetitiva en materia laboral, el intercambio de información confidencial y la asignación geográfica de mercados.
Según asegura la Comisión Europea, Delivery Hero, con sede en Alemania y presencia en 16 países del EEE, y Glovo, con sede en España y activa en ocho países de la región, participaron en una serie de acuerdos que limitaron la competencia en el dinámico mercado de las plataformas digitales de reparto. Ambas compañías admitieron su responsabilidad y accedieron a resolver el caso mediante el procedimiento de conciliación, lo que redujo sus respectivas sanciones en un 10%.
Entre las prácticas sancionadas figura un acuerdo para no captar empleados de la empresa rival, una cláusula inicialmente limitada que se extendió a una prohibición generalizada de contratación activa entre ambas. También se ha documentado el intercambio sistemático de información comercial sensible, como precios, costes y estrategias de expansión. Asimismo, Delivery Hero y Glovo acordaron repartirse los mercados nacionales, evitando la competencia directa al no operar simultáneamente en los mismos países y coordinando futuras entradas en mercados nuevos.
Un elemento clave en este caso ha sido el papel que desempeñó la participación accionarial de Delivery Hero en Glovo. Aunque poseer acciones de un competidor no es ilícito por sí mismo, la Comisión concluye ahora que esta estructura facilitó contactos frecuentes y el acceso privilegiado a información sensible.
Se trata de "la primera vez que la Comisión sanciona un acuerdo de no captación de talento, una práctica que reduce las oportunidades laborales y desincentiva la competencia por el capital humano”
“Estas prácticas fueron facilitadas mediante el uso anticompetitivo de la participación minoritaria de Delivery Hero en Glovo”, advierte Teresa Ribera, vicepresidenta ejecutiva para la Transición Limpia, Justa y Competitiva, Ribera también destaca la importancia del caso al tratarse de “la primera vez que la Comisión sanciona un acuerdo de no captación de talento, una práctica que reduce las oportunidades laborales y desincentiva la competencia por el capital humano”.
La investigación, iniciada formalmente en julio de 2024 tras inspecciones no anunciadas en junio de 2022 y noviembre de 2023, surgió a partir de un ejercicio de vigilancia de mercado y alertas recibidas mediante la herramienta de denuncia anónima de la Comisión.
El importe total de las sanciones se desglosa en 223,3 millones de euros para Delivery Hero y 105,7 millones para Glovo. Las multas se han calculado conforme a las directrices de la Comisión de 2006, teniendo en cuenta la duración, alcance geográfico y evolución del cartel.
La decisión abre también la posibilidad de reclamaciones por daños y perjuicios por parte de personas físicas o jurídicas afectadas. Según la legislación de la UE, las resoluciones de la Comisión sirven como prueba vinculante ante los tribunales nacionales, facilitando así el ejercicio de acciones por competencia desleal en el ámbito judicial.