El Gobierno ha aprobado una importante modificación del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas obligaciones para los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), ciclistas y motoristas, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y reducir la siniestralidad entre los denominados usuarios vulnerables.
Entre las medidas más destacadas se encuentra la fijación de una edad mínima de 15 años para conducir patinetes eléctricos y la obligatoriedad del uso de casco para todos los usuarios de estos vehículos. La reforma, aprobada este martes por el Consejo de Ministros, entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2026, aunque algunas disposiciones específicas se aplicarán de forma progresiva hasta 2027.
La principal novedad afecta a los más de siete millones de usuarios de vehículos de movilidad personal que existen en España y es que por primera vez, la normativa establece una edad mínima estatal de 15 años para circular con patinetes eléctricos y otros VMP. Además, todos los conductores estarán obligados a utilizar casco de protección, mientras que durante la noche o en condiciones de baja visibilidad también deberán llevar chaleco reflectante.
Para los profesionales que utilizan estos vehículos en su actividad laboral, como repartidores o servicios de movilidad compartida, el uso del chaleco será permanente además de que la norma también obliga a que los patinetes circulen siempre con el sistema de alumbrado encendido y permite que, fuera de entornos urbanos, puedan utilizar vías segregadas del tráfico motorizado, como determinados carriles bici. El incumplimiento de estas obligaciones será considerado una infracción grave y será sancionado con multas de hasta 200 euros.
Uno de los cambios más relevantes es la incorporación por primera vez en la legislación española de una definición formal de usuario vulnerable de la vía. La nueva normativa considera usuarios vulnerables a aquellas personas que, por el vehículo que utilizan o por sus características personales, tienen una mayor probabilidad de sufrir lesiones graves en caso de accidente, dentro de esta categoría se incluyen peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal. El objetivo es que futuras políticas de movilidad y seguridad vial puedan desarrollarse teniendo en cuenta específicamente las necesidades de estos colectivos.
La reforma también endurece algunas normas relacionadas con la circulación en bicicleta ya que desaparecen las exenciones que permitían circular sin casco en determinadas circunstancias en vías interurbanas, haciendo obligatorio su uso para todos los ciclistas. Asimismo, los conductores que adelanten a una bicicleta deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo permitido de la vía y, cuando exista más de un carril por sentido, estarán obligados a cambiar completamente de carril para realizar la maniobra. En entornos urbanos, las bicicletas podrán circular preferentemente por el centro del carril y los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de ellas.
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores también verán modificadas sus obligaciones ya que la nueva regulación establece el uso obligatorio de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado en cualquier tipo de vía, ambas exigencias estarán sujetas a sanciones de hasta 200 euros en caso de incumplimiento. Además, los motoristas podrán utilizar el arcén derecho en situaciones de congestión circulatoria, siempre que no superen los 30 km/h y respeten las condiciones establecidas por la normativa. En el caso de los repartidores profesionales que trabajan en motocicleta, será obligatorio el uso permanente de chaleco reflectante.
La reforma elimina también algunas exenciones históricas relacionadas con el cinturón de seguridad debido a que, a partir de octubre, taxistas, conductores de mercancías y profesores de autoescuela deberán llevar puesto el cinturón en todo momento, salvo excepciones muy concretas relacionadas con servicios sanitarios de emergencia, introduciendo también la obligación de crear un carril de emergencia en retenciones de tráfico, facilitando el paso de ambulancias, policía y servicios de rescate.
El Ejecutivo enmarca esta actualización normativa dentro de una estrategia más amplia para fomentar una movilidad más segura y sostenible, alineada con varios objetivos de la Agenda 2030 de Naciones Unidas. Entre las novedades destaca también el reconocimiento legal de los llamados "caminos escolares seguros", itinerarios diseñados para facilitar que los menores puedan desplazarse a sus centros educativos a pie, en bicicleta o mediante transporte público.
Con esta reforma, el Gobierno busca adaptar la legislación a las nuevas formas de movilidad urbana y responder al crecimiento experimentado por los patinetes eléctricos y otros medios de transporte alternativos durante los últimos años. La mayoría de las medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026. No obstante, la obligación de alumbrado permanente para los VMP y la exigencia de casco homologado para motociclistas se retrasarán hasta el 1 de octubre de 2027.