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La AEPD desmiente el ultimátum a las empresas que usen servicios como Dropbox o Google apps
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La AEPD desmiente el ultimátum a las empresas que usen servicios como Dropbox o Google apps

miércoles 09 de diciembre de 2015, 18:30h

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La Agencia Española de Protección de datos (AEPD), a través de un comunicado oficial publicado en su web, niega las informaciones que apuntaban a un ultimátum por parte del organismo a empresas que realizan transferencias internacionales de datos a EEUU.

La AEPD niega a través de comunicado en su web la existencia de un ultimátum o de una multa

Nada de ultimátum. Nada de multa. La AEPD ha tenido que salir al frente con un comunicado para frenar las informaciones de las que se estaban haciendo eco algunos medios. La sentencia que se hizo pública por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) implica “que las transferencias desde la Unión Europea a EEUU no pueden seguir realizándose bajo la base legal de la Decisión de Puerto Seguro”.

Para regularizar la situación, informa el comunicado, la AEPD se ha puesto en contacto con las empresas que constaba que utilizan Puerto Seguro para la realización de transferencias internacionales.Con esta puesta de contacto pedían a los responsables de estas páginas que buscarán una respuesta adaptada a la sentencia del TJUE.

Ni prohibición de Dropbox ni multa

La AEPD se muestra contundente en su comunicado: “La Agencia en ningún caso ha requerido a los responsables para que dejen de utilizar determinados servicios de almacenamiento en la nube. Las acciones de la Agencia no están orientadas a la prohibición de utilizar herramientas concretas”.

Respecto a la posibilidad de ser multadas las empresas que no acaten esta sentencia antes del 29 de enero de 2016, la AEPD también se ha mostrado tajante: “La Agencia en ningún momento ha anunciado su intención de iniciar procedimientos sancionadores por defecto contra las empresas. En la comunicación enviada a los responsables, la AEPD sólo indica que, de no modificarse la base legal para la realización de transferencias, la Agencia podrá iniciar el procedimiento para acordar, en su caso, la suspensión temporal de las transferencias.”.

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