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El Tribunal Supremo sentencia que Google Spain SL no es responsable del derecho al olvido

martes 15 de marzo de 2016, 17:25h

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El TS ha sacado una sentencia que libera a la filial española de Google de su responsabilidad y culpabilidad en el tratamiento de la información y manejo de los procesos de los casos de derecho al olvido.

Así, que si alguien quiere que Google elimine información de sus resultados por creerla perjudicial o ilegal, tendrá que realizar el mismo proceso que hasta ahora, pero la queja debe ir a la matriz Google Inc, no a la filial española que, según afirma la sentencia sólo “desempeña una actividad de promoción de la contratación de servicios, esencialmente publicitarios, por lo que no puede considerarse responsable del tratamiento de los datos del interesado”.

Es más, la sentencia añade que "Google Spain es una empresa filial que promueve la venta en el mercado español de los espacios publicitarios que se generan en el buscador" que, además, "ni siquiera presta el servicio publicitario sino que se limita a su promoción".

Proceso para acogerse al derecho al olvido

Según relata el medio El Español, el proceso para acogerse al derecho al olvido se maniene igual. Si se desea pedir la retirada de contenidos indexados por Google existe un formulario proporcionado por el propio buscador. En el caso de que la solicitud se deniegue, el ciudadano siempre puede pedir amparo a Protección de Datos, quien a su vez debe dirigirse a Google Inc y no a Google Spain SL, siguiendo el razonamiento del Tribunal Supremo.

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