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Telefónica recurre la sanción de pagos compensatorios por retransmisión de sus canales de fútbol

Telefónica recurre la sanción de pagos compensatorios por retransmisión de sus canales de fútbol

miércoles 10 de mayo de 2017, 14:22h

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El operador Telefónica recurrirá ante la Audiencia Nacional la Resolución de la CNMC del pasado 4 de mayo por considerarla no ajustada a Derecho, y solicitará también su inmediata suspensión cautelar.

Según la CNMC, Telefónica debe compensar a algunos de sus competidores, en concreto, a Vodafone, Telecable y Total por desajustes en los importes pagados

La CNMC dictó una resolución como parte de la vigilancia que lleva a cabo para comprobar si Telefónica está cumpliendo con los compromisos que tiene impuestos a raíz de su adquisición de la plataforma de televisión de pago DTS en el año 2015.

Según esta, Telefónica debe compensar a algunos de sus competidores, en concreto, a Vodafone, Telecable y Total por desajustes en los importes que han pagado en concepto de coste mínimo garantizado por la distribución mayorista de los canales de fútbol Canal+ Liga y Canal+ Partidazo en la temporada 2015/2016. Por otra parte, el operador liderado por Pallete puede reclamar a Orange y Open Cable, al haberles cobrado de menos por el coste mínimo garantizado de Canal+ Liga y Canal+ Partidazo durante esa temporada.

Los departamentos legales de Telefónica han utilizado el recurso de recurrir la sanción a la Audiencia Nacional -el único que les quedaba- porque piensan que parte de una valoración económica errónea y que no se ajusta a la realidad de los costes que la compañía asumió cuando adquirió los derechos de la Liga para la temporada 2015/2016. Afirman que la CNMC establece que el importe de los costes a repartir entre los operadores es inferior al aplicado en los contratos de licencia de los canales, lo que supone, en la práctica, negar a Telefónica el derecho a recibir un reparto equitativo y proporcionado del coste de adquisición del fútbol.

Compromisos de la concentración Telefónica/DTS

El 22 de abril de 2015, la CNMC autorizó la operación de concentración TELEFÓNICA/DTS, pero condicionada a que Telefónica cumpliera determinados compromisos relativos al mercado de la televisión de pago, la comercialización mayorista de contenidos y de canales, y al acceso a su red de Internet.

En el caso de los canales de pago, Telefónica debe contar con una oferta mayorista para que sus competidores puedan acceder a sus canales de televisión de pago con contenidos “Premium” (películas de estreno, competiciones deportivas nacionales e internacionales, etc.), para comercializarlos mediante sus propias plataformas de televisión de pago.

Para calcular el precio de esa oferta (mayorista), Telefónica tiene en cuenta varios elementos. Uno de ellos es el llamado coste mínimo garantizado, un coste fijo que deben pagar todos los operadores y con el que se cubre el riesgo que asume Telefónica al adquirir derechos de emisión exclusiva en España de Fútbol, Fórmula 1 o Moto GP, además de otros costes de producción de los eventos deportivos.
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