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Por Antonio Rodríguez
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infozonamovilidades/4/4/18
jueves 29 de mayo de 2025, 17:30h

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A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso total a las operaciones realizadas a través de Bizum por parte de empresas y profesionales.

Así lo establece el Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que elimina el umbral mínimo que obligaba hasta ahora a las entidades financieras a informar únicamente de las transferencias superiores a 10.000 euros.

Con esta medida, Hacienda refuerza su estrategia de control fiscal sobre medios de pago digitales, especialmente ante el creciente uso de Bizum en sectores como el comercio, la hostelería o los servicios personales. El objetivo, según el ministerio fiscal, es combatir prácticas fraudulentas y asegurar que todas las operaciones económicas queden debidamente registradas y declaradas.

El auge de Bizum, en el punto de mira

La expansión de Bizum en el entorno empresarial ha sido significativa. Solo en 2024 se registraron 58 millones de transacciones en el comercio electrónico, por un valor total de 3.107 millones de euros. El importe medio de estas operaciones fue de 53,56 euros, muy por debajo del umbral anterior que activaba el deber de información por parte de los bancos. Este contexto ha favorecido el uso del sistema como vía para eludir parcialmente la fiscalización de ciertos ingresos, especialmente en negocios que manejan pagos de bajo importe.

Cristina Godín, responsable del área Fiscal y Contable de la asesoría Sincro, advierte que esta situación ha llevado a muchos a sustituir los pagos en efectivo —limitados por ley a 1.000 euros— por transferencias mediante Bizum para eludir la declaración de ingresos. “Hasta ahora solo se informaba si se superaban los 10.000 euros o si había una inspección en curso”, explica.

Críticas a la proporcionalidad de la medida

Desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), el vicepresidente Ignacio Arráez considera que la medida puede ser efectiva en la lucha contra el fraude, pero advierte sobre sus posibles excesos. “Cuando tienen que declararse hasta los Bizum de cinco euros, Hacienda podría estar excediéndose”, señala. Recuerda, además, que la Ley General Tributaria obliga a que el sistema se base en una limitación de los costes indirectos derivados de las obligaciones formales, algo que, a su juicio, esta nueva obligación podría vulnerar.

“Las entidades financieras terminarán incluyendo todas las operaciones, personales y profesionales, dentro de su informe”

Uno de los puntos que genera más preocupación es la dificultad de distinguir entre operaciones personales y profesionales, especialmente en el caso de trabajadores autónomos que utilizan una única cuenta bancaria para todas sus transacciones. “Las entidades financieras terminarán incluyendo todas las operaciones, personales y profesionales, dentro de su informe”, advierte Arráez, lo que podría provocar errores e interpretaciones incorrectas por parte de la Agencia Tributaria.

El decreto también modifica la periodicidad de los reportes bancarios, que pasarán de ser anuales a mensuales. Además, se amplía el grupo de entidades obligadas a informar al Fisco, incluyendo a entidades extranjeras, de pago y de dinero electrónico, además de las entidades bancarias tradicionales.

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