Apple, Samsung y Google afrontan una investigación en Estados Unidos por las tecnologías de procesamiento de audio que incorporan algunos de sus dispositivos electrónicos.
La Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC) ha abierto formalmente el procedimiento después de que BoomCloud 360 acusara a las tres tecnológicas de infringir varias de sus patentes relacionadas con el audio espacial.
El procedimiento, identificado como 337-TA-1521, parte de una denuncia que BoomCloud 360 presentó el pasado 14 de agosto y amplió el 31 del mismo mes. La empresa, con sede en Encinitas, California, sostiene que determinados dispositivos importados y comercializados en Estados Unidos utilizan tecnologías protegidas por tres de sus patentes.
La denuncia afecta a dispositivos electrónicos como smartphones, tabletas y auriculares de Apple, Samsung y Google. En concreto, BoomCloud 360 señala tres áreas tecnológicas relacionadas con el procesamiento de sonido.
Una de ellas corresponde a técnicas de mejora espacial para altavoces estéreo mediante el ajuste de la ganancia de los componentes espaciales y no espaciales del audio. Otra se centra en el control de la dinámica del sonido a partir de información procedente del propio sistema y de los metadatos de las aplicaciones. La tercera aborda el procesamiento de la diafonía o crosstalk con compensación espectral.
BoomCloud 360 ha solicitado a la USITC una orden de exclusión limitada, además de órdenes de cese y desistimiento. En caso de prosperar sus reclamaciones, estas medidas podrían impedir la importación y venta en Estados Unidos de los dispositivos que finalmente se consideren infractores, afectando a equipos de Apple, Samsung y Google.
La apertura del expediente, sin embargo, no implica que la Comisión haya concluido que existe una infracción. La propia USITC especifica que todavía no ha adoptado ninguna decisión sobre el fondo del litigio y que el procedimiento deberá determinar si se ha vulnerado la sección 337 de la Ley Arancelaria estadounidense de 1930.
La USITC deberá determinar si existe infracción
El siguiente paso será la asignación del expediente a uno de los jueces de Derecho Administrativo de la USITC, quien establecerá el calendario del procedimiento, celebrará una audiencia probatoria y emitirá una decisión inicial sobre la existencia o ausencia de una vulneración de la sección 337.
Posteriormente, esa resolución podrá quedar sujeta a revisión por parte de la propia Comisión. Asimismo, la USITC deberá establecer dentro de los 45 días posteriores al inicio de la investigación una fecha objetivo para completar el procedimiento y asegura que adoptará una decisión final “en el plazo más breve posible”.
El alcance potencial del caso va más allá de una reclamación económica, ya que BoomCloud 360 ha solicitado medidas que afectarían directamente a la entrada de determinados productos en el mercado estadounidense. Las órdenes de la USITC en los procedimientos de la sección 337 entran en vigor cuando se emiten y adquieren carácter definitivo 60 días después, salvo que el Representante de Comercio de Estados Unidos las rechace durante ese periodo por motivos de política pública.
Hasta entonces, la investigación deberá aclarar tanto qué dispositivos concretos quedan afectados como si las tecnologías de audio incorporadas por Apple, Samsung y Google vulneran efectivamente las patentes reivindicadas por BoomCloud 360. Por ahora, el único paso adoptado por la USITC ha sido abrir formalmente el procedimiento para examinar las acusaciones.