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Facua alerta a las telcos que no pueden saltarse los 60 euros de facturación en roaming fuera de la UE
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Facua alerta a las telcos que no pueden saltarse los 60 euros de facturación en roaming fuera de la UE

martes 14 de agosto de 2018, 14:00h

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Facua, la entidad encargada de la defensa de los derechos de los consumidores, publicaba la semana pasada un comunicado donde alertaba a las empresas de telecomunicaciones sobre las consecuencias de superar el límite en el cobro del roaming fuera de la UE.

La advertencia llega como resultado de las denuncias realizadas por numerosos usuarios, a quienes la asociación aconseja que reclamen a sus compañías para rectificar los cargos en caso de que las facturas recibidas superen el tope establecido para los servicios de roaming al viajar fuera de la UE.

Facua asegura que dicho tope, situado en 60,50 euros (IVA incluido), es el límite que marca la normativa del sector; por lo que, a partir de esa cantidad, las compañías están obligadas a bloquear los servicios, que solo podrían ser reactivados en caso de que los consumidores lo permitieran explícitamente.

El tope, situado en 60,50 euros (IVA incluido), es el límite que marca la normativa del sector.

La entidad señala que si el cliente autoriza a la empresa a continuar prestándole servicios de roaming después de alcanzar el máximo, esta puede cobrarle una cantidad superior. Lo mismo ocurre si el usuario decide previamente fijar un límite de consumo mayor al previsto por defecto.

Además, Facua avisa a los usuarios que vayan a viajar fuera de la Unión de que sus compañías deben mandarles un mensaje con información sobre las tarifas que vayan a aplicarles en roaming cuando lleguen al país de destino.

Por último, en lo que al consumo de datos se refiere, la asociación recomienda desactivarlos y hacer uso de las redes wifi gratuitas que se encuentren durante el viaje. En caso de mantenerlos activados, incide en extremar la precaución en cuanto a la cantidad de datos que se descargan y saber todos los detalles de la tarifa aplicada por defecto o la contratada expresamente para navegar en roaming.

Un máximo de 60,50 euros de facturación

El Reglamento (UE) 531/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2012, en su artículo 15, apartado tercero, expone que "el proveedor de itinerancia pondrá a disposición uno o más límites financieros máximos para periodos determinados de uso, con la condición de que el cliente sea informado previamente de los volúmenes correspondientes. Uno de estos límites (el límite financiero por defecto) será de aproximadamente 50 euros por periodo de facturación mensual (sin IVA) y no podrá ser superior a este importe".

De este modo, este reglamento europeo fija que el límite por defecto de 60,50 euros con el IVA incluido "se aplicará a todos los clientes que no hayan optado por otro límite".

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