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La norma entrará en vigor el 17 de febrero

La CNMV obligará a advertir de los riesgos de inversión en criptomonedas en la publicidad

La CNMV obligará a advertir de los riesgos de inversión en criptomonedas en la publicidad

Por Alfonso de Castañeda
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alfondcctelycom4com/8/8/17
lunes 17 de enero de 2022, 13:14h

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El BOE ha publicado en el día de hoy la nueva circular sobre publicidad de critpoactivos presentados como objeto de inversión, señalando nuevas normas y criterios a los que se tendrán que sujetar las actividades publicitarias. Entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE, el 17 de febrero de 2022.

Con esta nueva norma, el Gobierno y el regulador de la CNMV buscan que la publicidad de este tipo de productos ofrezca siempre contenidos veraces, comprensibles y no engañosos, incluyéndose siempre y de manera visible los riesgos asociados a ellos. La norma busca así iniciar la regulación del mercado de los criptoactivos y criptomonedas que no cuenta con una normativa completa lo que provoca un reto para la protección del inversor. Sin embargo, esta circular se limite exclusivamente al ámbito publicitario, sin afectar a los productos en sí, empresas o proveedores.

A partir de ahora las publicidad deben incluir la siguiente advertencia: “La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido”. Además se incluirán enlaces o indicaciones a la ubicación de la información adicional identificadas con frases del tipo: “Es importante leer y comprender los riesgos de esta inversión que se explican detalladamente en esta ubicación”.

“La CNMV podrá bloquear campañas de publicidad que no se ajusten a la norma”

De este modo, todas las compañías que realicen campañas de publicidad masiva (más de 100.000 personas) deberán ser comunicadas a la CNMV con una antelación mínima de diez días, afectando a todo tipo de publicidad, incluidas las redes sociales e influencers. El resto de campañas también están sujetas a esta normativa, pero no tendrán que avisar con antelación. De este modo, la CNMV podrá bloquear campañas de publicidad que no se ajusten a la norma.

Además, se prohíbe el uso de referencias a elevadas rentabilidades pasadas y en el caso de hacerse habrá que indicar expresamente el periodo de tiempo al que se refiere y no deber ser inferior a 12 meses.

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Exenciones: publicidad corporativa, utility tokens y NFT

Por otro lado, en la norma se establecen exenciones en el ámbito de aplicación como los casos en que los criptoactivos tengan la naturaleza de instrumentos financieros, que no sean susceptibles de ser objeto de inversión y determinados productos conocidos como utility tokens y NFT, white papers de nuevas emisiones, determinadas presentaciones y publicaciones de analistas o seminarios y las campañas publicitarias corporativas cuando cumplan con requerimientos concretos.

De este modo se podrán seguir llevando a cabo sin problema los patrocinios de camisetas de equipos deportivos, siempre y cuando no incluyan mensajes expresos de inversión en criptomonedas y se limiten a la incorporación del logotipo de la marca en la elástica, según explican fuentes de la CNMV a las que ha tenido acceso Zonamovilidad.es. Asimismo, estas mismas fuentes señalan que los tokens de los clubes deportivos también quedarían fuera de la norma al ser considerados utility tokens.

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