www.zonamovilidad.es
La AEPD impone una sanción récord de 8,15 millones a Vodafone por varias infracciones
Ampliar

La AEPD impone una sanción récord de 8,15 millones a Vodafone por varias infracciones

Por Alfonso de Castañeda
x
alfondcctelycom4com/8/8/17
viernes 12 de marzo de 2021, 12:08h

Escucha la noticia

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción récord a Vodafone España, obligándola a pagar 8,15 millones de euros por diversas infracciones del RGPD, la LGT y la LOPDGDD.

En un amplio informe de 97 folios, el regulador español detalla la multa récord impuesta a Vodafone España que, después de analizar las denuncias presentadas ante la agencia, ésta castiga al operador británico a pagar 8.150.000 euros por saltarse hasta tres normas relacionadas con la protección y el uso de datos personales.

Las infracciones

La resolución, que tiene que ser ratificada, asegura que Vodafone vulneró puntos de hasta tres normas relacionadas con la protección de datos que se enmarcan tanto en el RGPD como en la normativa LGT y en la ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LOPDGDD).

En concreto, la APED multa a Vodafone por una infracción del artículo 28 del RGPD en relación con el artículo 24 del RGPD (regulan la acción de los responsables de tratamiento de datos), lo que supone una sanción de 4 millones de euros. En segundo lugar, una infracción del artículo 44 del RGPD (regula la transferencia de datos a otros países u organizaciones internacionales) con una multa de 2 millones de euros.

La tercera sanción se refiere a una infracción del artículo 21 de la LSSICE (regula el derecho de oposición de los particulares a que sus datos reciban tratamiento para el marketing), multada con 150.000 euros. Y en último lugar, una infracción del artículo 48.1.b de la LGT en relación con el artículo 21 del RGPD y el artículo 23 de la LOPDGDD (también relativos a la regulación del derecho de oposición), sancionada con 2 millones de euros.

Desde la institución señalan que desde el año 2018 se han recibido hasta 191 reclamaciones en las que se denuncian las acciones de mercadotecnia y prospección comercial en nombre y por cuenta de Vodafone a través de llamadas telefónica y envíos de SMS y correos electrónicos.

Vodafone recurrirá la sanción

“La responsabilidad que se imputa a Vodafone no nos corresponde” ya que “son las entidades que actúan como responsables del tratamiento de los datos de los afectados las que deben responder de las imputaciones de la AEPD”

En este sentido, fuentes internas de Vodafone explican a Zonamovilidad.es que “la resolución emitida por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es recurrible”, motivo por el cual hoy mismo la compañía va. Apresentar recurso de reposición ante la AEPD y, en función de lo que finalmente se decida, dejan la puerta abierta a interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, ya que entienden que “la responsabilidad que se imputa a Vodafone no nos corresponde” ya que “son las entidades que actúan como responsables del tratamiento de los datos de los afectados las que deben responder de las imputaciones de la AEPD”, apuntan.

Por ello, Vodafone España asegura no estar de acuerdo con los incumplimientos imputados por la AEPD y “en cualquier caso consideramos que la cuantía de la sanción propuesta es desproporcionada”.

Asimismo, señalan desde el operador británico que Vodafone trata con “las máximas garantías de confidencialidad y privacidad” todos los datos de sus clientes.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios