www.zonamovilidad.es
La dislexia de la CNMC . Por qué usar colaboración cuando se quiere decir compartición
Ampliar

La dislexia de la CNMC . Por qué usar colaboración cuando se quiere decir compartición

Por Pilar Bernat
x
pbernattelycom4com /7/7/16
viernes 12 de diciembre de 2014, 11:08h

Escucha la noticia

Sumida en el estudio de uno de los pilares del desarrollo y la economía mundial a corto medio plazo; en la economía colaborativa y todo lo que conlleva, en cómo se debe organizar el trabajo, que medios técnicos hacen falta para llevarlo a cabo con éxito, los planteamientos de las escuelas de negocio internacionales, de los centros de I+D, de las grandes multinacionales TIC, recibí una nota de la CNMC con el siguiente título: “La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha lanzado una Consulta Pública sobre los Nuevos Modelos de Prestación de Servicios y la Economía Colaborativa”.
Con gran entusiasmo me lancé a la lectura; creyendo que España se ponía al frente de algún proyecto de interés social, económico, empresarial o de investigación, nacional o, mejor aún, internacional. Pero no. La nota empezaba así: “Debido a la repercusión social que están teniendo estas novedosas formas de contratación y de intercambio a través de Internet, la Comisión desea obtener la opinión de todos aquellos agentes interesados …”.
Y entonces seguí leyendo y comprendí que la CNMC no se refería a ninguno de los dos conceptos relacionados con el término ‘colaboración’ dentro de la economía digital: ni al trabajo en grupos multilocalizados (por no utilizar la palabra deslocalizados, adoptada por el sector industrial) con un objetivo o fin común cuyo trabajo requiere sistemas de audio y video avanzados, transmisión de datos en banda ultra ancha, además de sincronización y alojamiento en la nube; ni a aquel otro que acuñó Ray Algar en su artículo ‘Collaborative Comsuption’ donde trataba el fenómeno de la compra mayorista por grupos de individuos que llegan a un acuerdo para obtener mejores precios (consumo colaborativo) y la idea de ‘Prosumer’, compradores que compran y opinan, de forma que el siguiente interesado se guía por la opinión del primero o primeros a la hora de tomar una decisión.
Ya que el texto dice: “en esta primera fase de la consulta, la CNMC parte de las bases teóricas que sustentan la regulación en general y, de forma aplicada, analiza los fundamentos que justificarían la regulación tradicional en dos de los sectores en los que el consumo colaborativo ha tenido mayor repercusión: el de transporte de viajeros (taxi y autobús) y el del alojamiento hotelero. Asimismo, plantea una serie de preguntas sobre la justificación teórica de la normativa vigente, su necesidad y los problemas que genera”.
Es decir, aquí confundimos conceptos de economía y sociología del siglo XXI con el término ‘compartición’, el cual define claramente la Real Academia como “Acción y efecto de compartir” y que es exactamente a lo que se refiere la CNMC; a aquellos que comparten su coche o sus casas con otros a cambio de un beneficio económico. De toda la vida, arrendar o subarrendar. Lo único que varía es el medio a través del cual publicitan sus bienes; ya que todo el mundo sabe que el regulador se refiere a Uber y a Airbnb. Es lo que tiene Internet, lo aceptamos o no lo aceptamos; pero estamos hipercomunicados y se tomen medidas proteccionistas o no, el mundo tal y como lo entendíamos ya no existe.
Yo cuando era estudiante llevaba a mis vecinos en mi coche a Ciudad Universitaria y pagábamos la gasolina entre todos; ahora va a resultar que éramos pioneros de la economía colaborativa… aunque en realidad, ahora que lo pienso, tonta de mí, no sacaba beneficio; pero otros muchos sí y nadie nos ‘regulaba’.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios