La Audiencia Nacional ha fallado a favor de Orange en el primer litigio contra la Agencia Tributaria relacionado con las restricciones a las deducciones en el impuesto de sociedades que impuso el Gobierno de Mariano Rajoy en 2016.
Esta victoria judicial se produce tras la anulación de aquella reforma por parte del Tribunal Constitucional a comienzos de 2024, lo que allana el camino para que la teleco recupere millones de euros aplicados bajo un marco legal declarado inconstitucional.
El fallo, emitido el 21 de mayo por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estima el recurso presentado por Orange con relación al ejercicio fiscal de 2021. La resolución revoca la decisión del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que hasta entonces había respaldado el criterio de Hacienda. Con esta sentencia, la compañía —que forma parte de MasOrange— consigue el reconocimiento del derecho a aplicar mayores deducciones fiscales, previamente limitadas por el tope fijado por la reforma del entonces ministro Cristóbal Montoro.
Efectos jurídicos de la sentencia constitucional
La victoria de Orange se ha visto facilitada por el repliegue de la propia Abogacía del Estado, que decidió allanarse a la demanda tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la sentencia 11/2024 del Tribunal Constitucional. Este fallo declaró nulas las medidas que restringían las deducciones en el impuesto de sociedades, al considerar que vulneraban principios fundamentales del ordenamiento jurídico. De acuerdo con el texto judicial, esas medidas fiscales estaban dirigidas a consolidar las finanzas públicas, pero carecían del respaldo legal necesario.
El caso de Orange se enmarca en una problemática más amplia que podría tener un impacto económico significativo para la administración. Según cálculos del Gobierno, la sentencia constitucional podría obligar a Hacienda a devolver hasta 3.300 millones de euros a grandes grupos fiscales con ingresos superiores a los 20 millones anuales. Orange, por su parte, tiene pendientes recursos correspondientes a los ejercicios de 2017 a 2020, por los que podría recuperar hasta 180 millones adicionales si los tribunales mantienen el mismo criterio.