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La nueva Ley General de Telecomunicaciones incentivará la inversión en redes de nueva generación

miércoles 22 de octubre de 2014, 13:04h

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El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley que modifica la actual Ley General de Telecomunicaciones. Las modificaciones incorporadas crean un marco favorable para la realización de inversiones para el despliegue de redes de nueva generación y promueve un uso más eficaz del espectro eléctrico. Además, proporcionan mayor seguridad jurídica y flexibilidad a los operadores, mejoran la protección de los derechos de los usuarios, por ejemplo, al establecer que la portabilidad tendrá que realizarse en el plazo de un día laborable y reforma también las funciones de organismos reguladores, que en el caso de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) fortalece sus competencias. El sector de las telecomunicaciones facturó en 2009 37.125 millones de euros, que representan el 3,5% del Producto interior Bruto (PIB).

La Ley General de Telecomunicaciones es la norma principal que regula de forma uniforme y omnicomprensiva el sector de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas. No incluye los

 servicios de comunicación audiovisual, ni los de la Sociedad de la Información.

En lo que atañe a los operadores, la mayor seguridad jurídica que supone el proyecto de Ley incentiva las inversiones para el despliegue de redes de nueva generación, tanto fijas como móviles, indispensables para la oferta de servicios tecnológicamente más adecuados a las necesidades de los ciudadanos, al conseguir velocidades de acceso a Internet superiores a los 100 Mbits por segundo.

Asimismo, establece que la CMT, a la hora de imponer obligaciones y condiciones de acceso a las redes, debe tener en cuenta el riesgo inversor de los operadores. De otra parte, el uso más eficaz y eficiente del espectro eléctrico se promueve mediante la generalización de los principios de neutralidad tecnológica (utilización de cualquier tecnología) y de servicios (prestación de cualquier servicio).

Respecto a la designación de operador encargado de la prestación del servicio universal, se establece el mecanismo de licitación, mientras que hasta ahora sólo se acudía a este mecanismo si había varios interesados que así lo habían manifestado tras un proceso de consulta.

Además, los operadores que pongan su red a disposición de otras entidades para la realización de emisiones radioeléctricas deberán comprobar, previamente al inicio de dichas emisiones, que estas entidades dispongan del correspondiente título habilitante del dominio público radioeléctrico, lo que constituye una importante medida para evitar las emisiones ilegales de radio y televisión.

Beneficios para los usuarios
Los derechos de los usuarios y su protección resultan favorecidos con los cambios incorporados en el proyecto de Ley. El aumento de la información que debe entregarse al usuario respecto a las condiciones de uso y calidad del servicio que contrata, así como sobre los datos de los archivos o programas informáticos (cookies) que se almacenan en los ordenadores y demás dispositivos para acceder a Internet, son ejemplos de ello. Refuerza, también, la protección de los datos de carácter personal.

El compromiso de ejecución de la portabilidad en el plazo de un día, además de la mejora al acceso de los servicios para personas con discapacidad o con necesidades sociales especiales, que deberá ser en condiciones equivalentes al del resto de los usuarios, son aspectos que destacan en el nuevo proyecto de Ley.

Por otra parte, se define como infracción el incumplimiento por los operadores de las resoluciones que ponen fin al procedimiento de reclamación de los usuarios. En la Ley de Economía Sostenible se incluye, como parte integrante del servicio universal de telecomunicaciones, que la conexión debe permitir comunicaciones de datos de banda ancha a una velocidad de 1 Mbit por segundo.

Organismos reguladores
En este ámbito, el proyecto refuerza las competencias de la CMT. En los supuestos de fallo persistente de la competencia en el mercado, la CMT podrá imponer al operador con poder significativo en el mercado (Telefónica, en el caso de la red fija en España) la obligación de realizar una separación funcional entre su red y los servicios minoristas que presta.

Asimismo, se otorga al regulador la competencia para establecer requisitos mínimos de calidad de servicio a los operadores para evitar la degradación del servicio y la obstaculización o ralentización del tráfico en las redes.

El proyecto de Ley elimina el período de dos años como plazo necesario para proceder a la revisión de los mercados de referencia, por resultar más racional y flexible la revisión periódica.

La CMT podrá establecer la utilización compartida en los tramos finales de las redes de acceso de los operadores que discurran en torno de los edficios, cuando la duplicación de las infraestructuras sea económicamente ineficiente o físicamente inviable.

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