www.zonamovilidad.es
Por Alfonso de Castañeda
x
alfondcctelycom4com/8/8/17
lunes 14 de febrero de 2022, 19:28h

Escucha la noticia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado su informe sobre el Proyecto de Orden que fija las actuaciones que deben realizar los operadores para garantizar que la puesta en marcha de las estaciones móviles en la banda de frecuencias del Primer y del Segundo Dividendo Digital no afecte a la recepción de la TDT.

En este informe, el regulador defiende que los costes de todas las actuaciones que haya que hacer para resolver las posibles interferencias en la señal televisiva deben financiarlas los operadores de telecomunicaciones.

La CNMC recuerda que la banda de 700MHz (Segundo Dividendo Digital) y la de 800MHz (Primer Dividendo Digital) se encuentran en la banda UHF que se ha utilizado tradicionalmente para la prestación del servicios de televisión, por lo que es necesario determinar qué acciones llevarán a cabo los operadores para evitar interferencias.

En este sentido, el refarming del espectro trasladó a la banda adyacente (470-694MHz) el servicio de televisión, pero aún así, la CNMC señala que se han identificado, en algunas pruebas problemas por el alineamiento entre los emplazamientos de las estaciones base de la red móvil y los centros emisores de TDT.

La CNMC considera que es “urgente” la aprobación del Proyecto de Orden para que los operadores puedan iniciar el despliegue de la 5G en la banda de 700MHz sin que afecte a las condiciones existentes de recepción de la televisión

Ante esta situación, la CNMC considera que es “urgente” la aprobación del Proyecto de Orden para que los operadores puedan iniciar el despliegue de la 5G en la banda de 700MHz sin que afecte a las condiciones existentes de recepción de la televisión. De este modo, antes de activar la banda de 700MHz en las estaciones base o la modificación de las características técnicas de éstas, los operadores deberán evaluar las zonas en la que se puedan producir problemas y tendrán que realizar las distintas actuaciones de comunicación.

De este modo, los operadores tendrán que resolver los problemas que se comuniquen por los ciudadanos siempre que se refieran a edificaciones dentro de la zona de cobertura de la estación base, sean consecuencia de la puesta en servicio o de modificaciones de una estación base y además, afectará sólo a las que se comuniquen en un plazo de seis meses desde la puesta en servicio o modificación.

Para ello, los operadores tendrán un plazo de cinco días hábiles y al menos el 90% de los problemas deberán resolverse en tres días y la CNMC recuerda que los filtros, sistemas o equipos que se instalen para resolver el problema serán, una vez instalados, propiedad del ciudadano o comunidad de propietarios.

Primera emisión simultánea UHD vía satélite, TDT e internet en España

Leer más

Centro de Atención al Usuario y Oficina Técnica de los Ayuntamientos

Por otro lado, el Proyecto de Orden establece que los operadores tendrán que crear de manera conjunta un Centro de Atención al Usuario, un punto común la que los ciudadanos deberán dirigirse para avisar de los fallos e interferencias entre la 5G y la TDT.

También tendrán que realizar las actuaciones de comunicación y difusión necesarias para garantizar que los ciudadanos puede conocer con antelación que la recepción del servicio de TDT puede verse afectado.

Por su parte, el informe valora positivamente el rol que se le da a los ayuntamientos en este aspecto y defiende que se obligue a los operadores a crear una Oficina Técnica de los Ayuntamientos que proporcione información a los Ayuntamientos sobre las medidas previstas, las previsiones de puesta en servicio o modificación de estaciones base y recibirá las respuestas de los operadores a las solicitudes de información.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios